TIPIFICAN COMO DELITO DAÑAR ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS

Con el fin de evitar el daño en propiedad ajena el Congreso del Estado
aprobó la reforma de diversos artículos del Código Penal para el
Estado de Nuevo León.

La Diputada Claudia Caballero presentó en Tribuna el dictamen de la
Comisión de Justicia y Seguridad Pública en el que se modifica la
fracción III del artículo 446 del antes mencionado Código Penal.

“Se impondrá pena de prisión de uno a nueve años y multa de treinta a
ciento cincuenta cuotas, a quien realice, autorice, u ordene cualquiera
de las siguientes conductas: provoque una explosión, inundación,
incendio o bien realice pintas, sin importar el material ni el instrumento,
sin la autorización o permiso de la autoridad competente, que causen
daños a la salud pública, flora, fauna o a los elementos naturales de
un ecosistema”, dijo Caballero Chávez al leer la reforma.

El dictamen fue aprobado por mayoría.

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