PROPONEN QUE VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA MUJERES SEA CAUSAL PARA ANULAR ELECCIONES

La diputada Karina Barrón Perales presentó este martes una serie de
reformas para sancionar la Violencia Política de Género, en las que se
contempla incluso como causal para la anulación de una elección.

Se trata de cuatro reformas a las leyes Electoral del Estado y de
Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como al
Código Penal y a la Constitución Política del Estado, en las que
además se incrementan las sanciones administrativas por Violencia
Política de Género.

“La violencia continúa siendo uno de los principales obstáculos para el
ejercicio de los derechos políticos de las mujeres de Nuevo León… es
indispensable tomar en cuenta que ésta se encuentra normalizada y,
por tanto, invisibilizada. No obstante, la violencia es real, algunas de
nosotras como Diputadas la hemos vivido”, aseguró Barrón Perales.

“Por ello se propone incluir en el artículo 45 de la Constitución local
que sí se comprueba la existencia de violencia política de género o
irregularidades graves durante las etapas del proceso electoral que
violenten los principios previstos en la Constitución, se declare nula la
elección, si así se acredita”, puntualizó.

La violencia política contra las mujeres comprende todas aquellas
acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos

que se dirigen a una mujer por ser mujer, es decir, en razón de
género, tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan
desproporcionadamente, toda vez que tiene por objeto o resultado
menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el
ejercicio del cargo.

Karina Barrón Perales subrayó que los ataques hacia las mujeres por
razones de género tienen como trasfondo la descalificación y una
desconfianza sistemática e indiferenciada hacia sus capacidades y
posibilidades de hacer un buen trabajo o ganar una elección.

En el Código Penal se propone adicionar el artículo 331 Bis 7, para
precisar que se presume que existen razones de género cuando:
Existan situaciones de poder que den cuenta de un desequilibrio en
perjuicio de la víctima; existan situaciones de desventaja provocadas
por condiciones del género. Además se propone incrementar las
sanciones cuando en la comisión de este delito intervenga un servidor
público o un dirigente partidista, se emplease violencia o engaño, o por
el aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad de la mujer.

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